¿Qué documentos necesitas para conducir un Quad en 2021 según la DGT?
PERMISO DE CONDUCCIÓN
Cuadriciclos ligeros
Existen, como ya hemos explicado en entradas anteriores en nuestro blog, diferentes tipos de Quads y diferentes permisos para cada uno.
Para conducir un Quad en 2021 que tiene la consideración de cuadriciclo ligero necesitaremos un permiso de conducir de al menos la clase AM o A1, A2, A o B.
Estos Quads están concebidos para rodar a una velocidad máxima de 45 km/h. En el caso de arrastrar un remolque o semirremolque, la velocidad máxima del conjunto no excederá de 40,5 km/h. y solo podrán circular de día. Este tipo de vehículos pueden circular en todo tipo de vías excepto autopistas y autovías.
Cuadriciclos (no ligeros)
Los Quads considerados como Cuadriciclos no ligeros necesitan un permiso de la clase B para ser conducidos.
La velocidad máxima la que pueden circular este tipo de vehículos es de 70 Km/h, pero en el caso de que el Quad arrastre un remolque la velocidad máxima a la que puede circular el conjunto es de 63 Km/h. Este
tipo de vehículos pueden circular por todo tipo de vías en las mismas condiciones que el resto de los automóviles pero sin dejar de tener en cuenta las limitaciones de velocidad que existen para ellos (70 Km/h.).
Como vehículos especiales
Para conducir un Quad matriculado como vehículo especial hace falta el permiso de conducción de la clase B.
La velocidad máxima que pueden desarrollar viene anotada en la tarjeta de inspección técnica del vehículo: 45 Km/h. Si no figura, su velocidad será de 70 km/h, pero si arrastra un remolque, la velocidad máxima del conjunto será de 25 Km/h. Este tipo de vehículos podrá circular por todo tipo de vías excepto autopistas y autovías si circulan a una velocidad inferior a 60 Km/h. Cuando sea vehículo especial deberá superar por construcción los 60 km/h para circular por autopista y autovía.
TARJETA DE INSPECCIÓN TÉCNICA
Cuadriciclos ligeros
En la tarjeta de inspección técnica de estos vehículos, los dos primeros dígitos que figuran en el apartado de “clasificación de vehículos” son el 03.
Cuadriciclos (no ligeros)
En la tarjeta de inspección técnica de estos vehículos, los dos primeros dígitos que figuran en el apartado de “clasificación de vehículos” son el 06.
Como vehículos especiales
En la tarjeta de inspección técnica de estos vehículos, los dos primeros dígito que figuran en el apartado de “clasificación de vehículos” son el 64.
PLACA DE MATRÍCULA
Cuadriciclos ligeros
Serán de fondo amarillo con caracteres negros, en la que se inscriben tres filas de caracteres, constituidas, la primera por la letra C y la cifra correspondiente a las unidades de millar de un número de cuatro cifras, la segunda, por las tres cifras restantes de este número y la tercera, por tres letras.
Están obligados a pasar la inspección técnica periódica. No están sujetos al impuesto especial sobre determinados medios de transporte y sí están sujetos al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Cuadriciclos (no ligeros)
La tarjeta de Inspección Técnica se realiza como vehículo automóvil. En su circulación se distingue por portar placa de matrícula ordinaria con distintivo europeo, de fondo blanco y caracteres negros, en la que se inscriben dos grupos de caracteres constituidos por un número de cuatro cifras y tres letras.
Vehículos especiales
Las placas de matricula son fondo blanco con caracteres de color rojo, en la que se inscriben, en la parte, superior, dos grupos de caracteres constituidos por la letra E y un número de cuatro cifras, y en la parte inferior por tres letras.
SEGURO OBLIGATORIO
Para conducir un Quad en 2021, todo propietario de un vehículo de motor tiene obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para cada vehículo del que sea titular, vulgarmente conocido como “Seguro Obligatorio de Automóviles” (S.O.A).
¿Qué cubre?
Comprende la cobertura de los daños a las personas y en los bienes causados a los perjudicados por hechos de circulación, salvo que medie dolo del causante. En la indemnización por daños a las personas, el asegurador, dentro de
los limites del aseguramiento de suscripción obligatoria, deberá reparar el daño causado a las personas excepto cuando pruebe que el mismo fue debido únicamente a:
• La conducta o negligencia del perjudicado.
• La fuerza mayor extraña a la conducción.
El seguro cubre (con limitaciones) la responsabilidad civil por los daños causados a las personas o a los bienes con motivo de la circulación.
Puedes calcular tu seguro de Quad aquí.
El funcionamiento del vehículo
No se considerarán como fuerza mayor los defectos del vehículo ni rotura o fallo de algunas de sus piezas o mecanismos. En la indemnización por daños en los bienes, el asegurador, dentro de los limites del aseguramiento de suscripción obligatoria, deberá reparar el daño causado:
• Cuando resulte civilmente responsable
• Cuando haya intervenido en la causación del accidente culpa o negligencia del conductor.
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