Qué ocurre si quiero cancelar un seguro a mitad de año

. Mucha gente se pregunta «qué ocurre si cancelo un seguro a mitad de año». Especialmente en los casos de seguros de moto o seguros de coche. La duda principal suele ser si las compañías me van a devolver el importe de la parte proporcional que falta por «gastar» hasta el final del plazo contratado.

Hace unos días os contábamos qué hacer para cambiar de compañía de seguros.

Y allí explicábamos la obligación legal de qué hacer para cancelar un segurocomunicar a la compañía el cambio con dos meses de antelación. Y la obligación de la compañía de comunicar al usuario el próximo vencimiento y renovación del seguro, también con esos dos meses.

Debe quedar claro que lo que se contrata a la hora de suscribir una póliza de seguros, del ramo que sea, es un contrato anual de seguro. Esto significa que una vez que la póliza entra en vigor el contrato no se extingue hasta pasado el año. Y esto es independiente de la forma de pago que se establezca en cada caso.

Hay pólizas que se pagan de forma anual en un único pago; y hay aseguradoras y Corredurías de Seguros que permiten el pago fraccionado: mensual, trimestral, semestral… En cualquier caso, el contrato de seguro es por un periodo de un año.

Si a mitad de año, o antes del vencimiento de la póliza, decido cancelar mi seguro, el contrato continuará vigente hasta el final del plazo anual suscrito. Así que el vehículo continuará asegurado con esa compañía.

En caso de cancelación por parte del cliente, la compañía no tiene obligación de devolver el importe proporcional a los meses que falten por «consumir».

En caso de que la cancelación sea por cambio de compañía, sigue las indicaciones que dimos en  qué hacer para cambiar de compañía de seguros.

Los casos más habituales para cancelar un seguro suelen ser:

• Si la causa de la cancelación es por  compra de un vehículo nuevo las compañías sí traspasan el seguro de un vehículo a otro dentro de la misma compañía, actualizado las características y coberturas al vehículo nuevo. Esto, lógicamente, puede alterar el importe de la prima, tanto para más como para menos, según el caso.

• Si la cancelación se produce por venta o baja del vehículo hay compañías que contemplan la posibilidad de congelar la póliza durante un tiempo por si se produce la compra de otro vehículo pasado un tiempo y traspasar el seguro del vehículo antiguo.
Lo que no sucederá en ningún caso es que te devuelvan el importe del periodo no consumido. Y en caso de optar por la fórmula de devolver los recibos, la compañía puede reclamarnos el importe pendiente. Hasta dónde estén dispuestos a llegar dependerá de muchos factores, como el importe pendiente o la importancia del cliente.
En todo caso, el consejo más evidente es intentar realizar la venta del vehículo o la compra de uno nuevo coincidiendo lo más posible con los plazos de vencimiento del seguro en vigor. De esta forma optimizaremos el tiempo de cobertura.
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