Cómo dar de baja el seguro: Resolución unilateral, desistimiento y rescisión

En El Blog de Peris Correduría de Seguros queremos resolver todas las dudas sobre seguros que puedas tener: Plazos, coberturas, vencimientos,…Si quieres cambiar de compañía de seguros y no sabes qué pasos seguir, hoy te contamos todo lo que debes saber sobre cómo dar de baja el seguro: Resolución unilateral, desistimiento y rescisión.

 

Los pasos para dar de baja el seguro son sencillos, pero sólo si respetas los plazos establecidos en la Ley de Contrato de Seguros.

¿Cómo dar de baja el seguro de Vida? No contratado a distancia.

Se reconoce a los tomadores el derecho a resolver unilateralmente el contrato sin indicar los motivos y sin penalización alguna siempre que:

  • Se comunique al asegurador la voluntad de resolver dentro del plazo de 30 días desde que se haya recibido la póliza o el documento de cobertura provisional.
  • Se trate de seguros individuales (no colectivos).
  • Seguros de duración superior a 6 meses.
  • NO se trate de contratos en los que el tomador asume el riesgo de la inversión o en los que la rentabilidad garantizada esté en función de las inversiones asignadas al contrato (seguros unit-linked).
  • El tomador dispone de este derecho tanto si el tomador es asegurado como si es una persona distinta del mismo.
  • Se ejercite el derecho de resolución en la forma prevista en el contrato, y se envíe en papel u otro soporte duradero.

El asegurador tendrá derecho a cobrar la parte de prima correspondiente al periodo de cobertura transcurrido desde la celebración del contrato hasta la fecha en que se notifica la resolución del contrato.

¿Cómo dar de baja el seguro online?

Ni explicaciones, ni penalización. En la práctica totalidad de los contratos de seguros celebrados a distancia, se reconoce a los tomadores la posibilidad de, dentro de un determinado plazo, decidir no seguir adelante con la ejecución del contrato. Esta posibilidad se reconoce igualmente a quienes adquieren un objeto que estaba asegurado por su anterior propietario y en determinados supuestos de disminución del riesgo asegurado.

Si contratas un seguro de manera online tienes derecho a un plazo de 14 días naturales para desistir.

¿Cómo dar de baja Seguros online (sean de vida o no vida)?

Se reconoce a los tomadores el derecho a desistir del contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna siempre que:

  • La voluntad de desistir se envíe al asegurador, en papel u otro soporte duradero, en un plazo de 14 días (no vida) o 30 días (vida), a contar desde que se notifique al tomador que el contrato se ha celebrado o desde la recepción de la información contractual si esta recepción fuese posterior.
  • NO se trate de contratos en los que el tomador asume el riesgo de la inversión o en los que la rentabilidad garantizada esté en función de las inversiones asignadas al contrato (seguros unit-linked).
  • NO se trate de seguros de viaje o equipaje de duración inferior a un mes.
  • NO se trate de seguros de duración inferior al plazo previsto para desistir.
  • NO se trate de seguros obligatorios para el tomador.
  • NO se trate de planes de previsión asegurados (contratos de seguro de vida con idéntico funcionamiento y finalidad que los planes de pensiones).

Cuando se ejerce el derecho de desistimiento hay que pagar la parte de prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor (los días transcurridos desde la perfección del contrato hasta la fecha en que se notifica el desistimiento). El plazo para liquidar esta cantidad es, como máximo, de treinta días naturales desde que se notifica el desistimiento.

Ahora bien, si el asegurador no hubiese informado al tomador de la existencia del derecho de desistimiento, o si hubiese comenzado a ejecutar el contrato sin haberlo solicitado el tomador, el tomador no estará obligado a pagar la cantidad a la que hemos hecho referencia anteriormente.

Cómo conseguir una reducción de prima

Si se produce una reducción del riesgo, el siguiente periodo de prima, ésta se debería ver reducida. Si el tomador ya se lo ha comunicado a la compañía aseguradora y ésta, no ha bajado la prima, el tomador puede resolver el contrato.

Teniendo derecho a que se le devuelva la diferencia entre la prima pagada y la que le correspondería pagar de acuerdo a las nuevas circunstancias del riesgo.

Transmisión del objeto asegurado

Si has comprado una moto de segunda mano y quieres cambiar de compañía aseguradora, puedes hacerlo.

El nuevo propietario puede rescindir el contrato de seguro en el plazo de quince días desde que tenga conocimiento de la existencia de dicho seguro.

De no ser así, asumirá todos los derechos y obligaciones que se deriven del contrato de seguro e, incluso, será responsable junto con el anterior propietario, del pago de las primas que estuviesen vencidas en el momento en el que se adquirió el objeto asegurado.

Si el nuevo propietario opta por rescindir el contrato, el asegurador tiene derecho a que se le pague la prima correspondiente hasta el momento de la rescisión. 

Rescisión por parte de la entidad aseguradora

Cuando se transmite el objeto asegurado

La entidad aseguradora tiene derecho a rescindir el contrato de seguro en un plazo de 15 días desde que tenga conocimiento de la transmisión efectuada, debiendo restituir la parte de prima que corresponda al periodo en que el contrato ya no estará vigente.

Cuando se producen errores e inexactitudes en el cuestionario previo

La entidad aseguradora podrá rescindir el contrato de seguro en el plazo de un mes desde que tiene conocimiento de este hecho.

La aseguradora puede rescindir el contrato de seguro

En los supuestos en que el riesgo se haya agravado, la aseguradora haya propuesto al tomador una modificación del contrato para adaptarlo al nuevo riesgo y el tomador la rechaza o guarda silencio.

Hace algunos años, era habitual que algunas entidades aseguradoras incluyesen en las pólizas la denominada “cláusula de rescisión post- siniestro”, que permitía a la entidad rescindir el contrato después de que se produjese el siniestro. Este tipo de cláusulas han sido declaradas nulas por el Tribunal Supremo, por lo que, si una póliza las contiene, la entidad aseguradora no podrá aplicarlas.

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